Contrato de Concesión del Corredor Logístico por COALIANZA

Contrato Corredor Logistico Firmado

Aduciendo carencia de fondos para el desarrollo de la  inversión publica, el actual gobierno hondureño  creo  un organismo para el desarrollo de la inversión publico- privada, conocida  como COALIANZA, tomando como base un modelo copiado de Perú.

El  organismo creado en Honduras tiene  completa  facultad legal para  disponer y conducir a su antojo  todo  lo relacionado con los procesos  y proyectos de inversión publica en Honduras.

Uno de los  primeros resultados de  COALIANZA, es la concesión de dos proyectos carreteros que se denominan corredor logístico  y corredor turístico.

El contrato de concesión del corredor logístico es el que arriba adjuntamos y proponemos a discusión.(Dar clic en contrato corredor logístico firmado para ver el contrato)

Aclaramos que este contrato esta de acuerdo a la ley y reglamento de COALIANZA  y que ya fue aprobado por el Congreso Nacional de Honduras, lo único que haremos es revisar  si es beneficioso para Honduras en términos económicos.

Bajo este punto de vista, planteamos nuestras observaciones del mismo:

1-    Inciso 3.5 b (Pág. 19) – No se le exige a la empresa ganadora presentar el capital suscrito y pagado de $ 4, 528,954.00 al momento de hacerse cargo de la concesión, sino que se le permite ir capitalizando a lo largo de varios años.

2-    Inciso 9.3 (Pág. 47) Tarifa: – no se indica su valor ni tampoco el método por el cual   se alcanza ese valor.

3-    Inciso 9.4 (Pág. 48) Formula de Peaje- si el peaje se va a cobrar en dólares americanos, ¿porque incluir el índice de precios de Honduras? Esto provocara un aumento en los porcentajes de incremento tarifario, pues la inflación hondureña es  históricamente mayor que la estadounidense. Esto es adicional a la depreciación del valor  del Lempira frente al Dólar Americano

4-    Inciso 10.2 (Págs. 50 y 51) Ingreso Mínimo Garantizado: El Estado hondureño garantiza a la empresa concesionaria un ingreso mínimo de cerca  de $ 376, 000,000.00 (Trescientos setenta y seis millones de Dólares Americanos)  por el  tiempo que  este vigente la concesión,  sin conocerse como se determino dicho valor. Igualmente, no se conocen los montos de la inversión ni su tasa esperada de retorno, así como los costos  unitarios de construcción y   mantenimiento anual. Esta garantía de ingreso mínimo es una obligación del Estado, lo que se puede considerar como un incremento de la deuda externa del país. Esta garantía contradice el espíritu de las alianzas publico privadas.

5-    Inciso16.5.1 (Pág. 77) Tasa descuento por efectos de caducidad: Se asignan dos formas diferentes para el cálculo de la misma, reconociéndose fácilmente que la utilizada para pagarle al concesionario es más favorable. Algo que llama la atención es el hecho que pese a que toda la operación se realiza en Honduras, se utilizara la tasa LIBOR comunicada por Reuters en Lima.

Conclusión:

Si bien es cierto que el contrato es legal y cumple con los formalismos contemplados en la ley creada para otorgar los mismos,  origina serias dudas si sus términos económicos son los más ventajosos para Honduras.